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, noticia de Edición Impresa
Firma: LORENZO MARTÍN-RETORTILLO BAQUER
LA SOCIEDAD española ha estado muy preocupada por la excesiva
tolerancia de las autoridades en relación con el ruido. Ha habido que echar mano
de remedios de excepción, pero, por fortuna, las cosas han comenzado a cambiar.
Así, cuando tanto se acostumbra a menospreciar a la Justicia, es de ley recordar
que en muy buena medida el que haya aumentado la conciencia social sobre el
ruido se debe a un amplio puñado de decisiones judiciales que van estrechando el
cerco cada vez más.
El Constitucional dijo cosas muy importantes sobre
el ruido en su sentencia 119/2001. El mismo asunto dio lugar a que el Reino de
España fuera condenado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una
sentencia muy sonada, referente a la zona de copas de Valencia, que, con
doctrina muy clara, y apoyándose en su anterior jurisprudencia, de un plumazo
daba un solemne varapalo al Ayuntamiento de Valencia, al Reino de España, pero,
igualmente, a cualquiera de los municipios complacientes (con el ruido) o
displicentes (con los vecinos). Y los jueces españoles están siendo sensibles a
esta jurisprudencia europea que los vincula, de modo que cada resolución
importante apoya y provoca nuevas decisiones. Sin olvidar que lo que proclaman
los jueces, lo saben enseguida los abogados. De ahí que se vayan prodigando
sentencias muy aparatosas, de unos y otros juzgados y tribunales, ya sean
penales, como en Palencia, Zaragoza, Barcelona, Madrid, Jaén, o la referente al
alcalde de Vilarreal (Castellón), por ejemplo, ya sean civiles, del propio
Tribunal Supremo, o, entre otras, una bien destacada del Juzgado número 4 de
Parla (Madrid) y, por supuesto, de la jurisdicción contencioso-administrativa,
con fallos ejemplares, ya afecten al Ayuntamiento de Boiro, al de Ribamontán al
Mar (junto a Santander) o al de Zaragoza, entre otros muchos.
El detalle
que tanto ha trascendido de si hay que suspender los Carnavales de Tenerife es
una pura anécdota, por más que bien indicativa de la nueva situación. Todos
convenimos, incluso la Ley del Ruido, la 37 del 2003, en su artículo noveno, en
que hay excepciones para las fiestas o para según qué acontecimientos, de modo
que no hay peligro para la continuidad de la gran traca en Valencia, para los
tambores de Calanda o de San Sebastián. Lo que importa es el día a día, el
normal sosiego cotidiano, el respeto cívico del que deriva el gusto de vivir en
la ciudad; en suma, la calidad de vida, que es una de las aspiraciones que avala
la Constitución. A este respecto, sí que están hoy todos sobradamente avisados y
no va a tocar más remedio que hacer las cosas bien.
Bien sé que falta
mucho por hacer, que se precisa apostar muy fuerte por la educación y que, por
desgracia, serán necesarias todavía numerosas condenas judiciales contundentes.
Pero es como si se estuviera produciendo un cambio de paradigma: el que hoy
el ruido se oiga es testimonio de un esperanzador despertar de la
sociedad civil que clama por sus legítimos derechos, con la exigencia de que los
políticos aborden efectivamente de manera decidida los problemas reales y no ese
embeleco, que a tantos de ellos anima, de estar tejiendo y destejiendo reformas
temerarias a ver cómo logran más poder, olvidándose de lo que sucede fuera, en
la calle.