madrid- El Tribunal
Supremo ha lanzado un aviso a responsables de
locales donde el nivel de ruido supera los límites
marcados por la legislación: No sólo podrán ser
juzgados por un delito de «contaminación
acústica», sin también por otro de lesiones, con
lo que la pena se agravaría. Esta advertencia la
realiza en una sentencia en la que confirma la
condena a cuatro años de cárcel al responsable de
un bar-restaurante de Barcelona, en la que
considera «sorprendente» que no se hubiese tenido
en cuenta también la posible comisión de un delito
de lesiones. El propietario deberá igualmente
indemnizar con más de 30.000 euros a cuatro
afectados por los daños y perjuicios causados a la
salud psíquica e intimidad
personal.
En este sentido,
los magistrados de la Sala Penal afirman al
respecto que «una larga exposición a ruidos que
perturban el sueño, en el presente caso por lo
menos seis meses, puede dar lugar por sí misma a
una lesión corporal, en la medida en la que por
lesión se debe entender una perturbación sensible
del bienestar corporal».
En
cuanto al argumento de la defensa de que el
insomnio y neviosismo de los afectados no guarda
relación directa con los ruidos, la Sala se limita
a destacar que esa conclusión «raya lo absurdo
pues es obvio que el ruido impide dormir y que el
insomnio produce
nerviosismo».
Respecto al
riesgo para la salud de las personas, el Supremo
señala que es «público y notorio» que una «larga
exposición a ruidos perturbadores del sueño
entraña un riesgo de grave perjuicio para la salud
de las personas».
Reiterados
incumplimientos
La sentencia
considera acreditado que Dionisio M. R. incumplió
reiteradas veces las órdenes de cese de actividad
por carencia de licencia de funcionamiento y por
no adoptar las medidas correctoras acordadas en
orden a insonorizar el local, ya que las
inspecciones llevadas a cabo acreditaron que los
niveles de inmisión de ruidos seguían siendo muy
superiores a los
permitidos.
Como consecuencia
de esa «reiterada» emisión de ruidos en horas
nocturnas en los domicilios y dormitorios de
viviendas próximas, al menos cuatro vecinos
resultaron afectados por una «continuada situación
de insomnio y estrés». Incluso, dos de ellos
generaron un cuadro clínico ansioso-depresivo que
necesitó tratamiento farmacológico y
homeopático.
El Supremo
rechaza el recurso de la defensa dado que el
propietario del bar sabía, «dadas la requisitorias
de las que fue objeto, del peligro generado por la
explotación del restaurante para el medio
ambiente». Pero, más aún, añade la resolución
judicial del Alto Tribunal, «tenía también
conciencia del peligro que ésto generaba para la
salud de las personas que resultaron lesionadas
por su
acción».