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PRIMERA SENTENCIA POR CONTAMINACIÓN ACÚSTICA QUE CONDENA AL CONSISTORIO

El ayuntamiento deberá indemnizar a una vecina por el ruido de bares



Pagará 24.000 € a una mujer que achacó la muerte de su marido al estrés de Moncasi. El TSJA considera que hubo "pasividad" municipal a la hora de solventar el conflicto.

El piso de la indemnizada, ayer, situado justo encima de los conflictivos locales.
Pie de fotoEl piso de la indemnizada, ayer, situado justo encima de los conflictivos locales.
Foto:ÁNGEL DE CASTRO


 

El Ayuntamiento de Zaragoza deberá de indemnizar con 24.040,48 euros (cuatro millones de pesetas) a María José Gutiérrez, vecina de la conocida zona de marcha de Moncasi, por las molestias ocasionadas desde 1998 como consecuencia de los ruidos, olores y humos de un disco-bar y una hamburguesería.

La sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), dictada el pasado 21 de diciembre y no recurrible, considera probadas las afecciones y la contaminación acústica generadas por el pub Capitán Trueno y el local de comida rápida Hamburguesas, ubicados en los números 6 y 8 de la calle Doctor Lozano Monzón, justo debajo del piso de la demandante. También evidencia la "pasividad" del consistorio por no adoptar las medidas adecuadas para evitar los daños, "que se encontraban en el ámbito legal de sus competencias", cita textualmente.

Sin embargo, los magistrados ven insuficientes las pruebas presentadas para acreditar que el fallecimiento en 2001 del esposo de la demandante se debió al estrés padecido por los perjuicios que durante un largo tiempo provocaron estos dos establecimientos y por la actividad que desarrolló en defensa de sus intereses. Aún así, a la hora de fijar la indemnización, sí se tiene en cuenta el "convencimiento" de la mujer de que ésa fue la causa de la defunción.

El proceso que ahora finaliza, interpuesto por Gutiérrez junto a la Asociación de Vecinos La Huerva, estuvo precedido de una reclamación de compensación económica presentada al consistorio, que fue desestimada en una resolución de septiembre de 2002, al entender que los daños ocasionados "en ningún caso serían consecuencia casual de los servicios del ayuntamiento, sino de actividades de terceras personas".

TREINTA DEMANDAS En sus fundamentos de derecho, el fallo pone de manifiesto que tanto el disco-bar como la hamburguesería incumplieron reiteradamente diversas limitaciones de sus licencias de actividad y alude a un informe del Justicia de Aragón sobre la inacción en el caso de la administración. Así, el Capitán Trueno carecía de autorización para instalar aparatos musicales, lo que conllevó la presentación de cerca de treinta demandas por parte de Gutiérrez y su fallecido esposo. El ayuntamiento tardó casi tres años en hacer efectiva la retirada de estos equipamientos, que, según los demandantes, generaban niveles de ruido superiores a 85 decibelios. El problema no se subsanó por la colocación en el local de siete televisiones.

Por su parte, la hamburguesería, que empezó a funcionar antes de tener licencia, quebrantó la prohibición de instalar plancha, campana extractora y chimenea, situación que también fue motivo de numerosas denuncias.

El tribunal también condena al consistorio a un "control constante" de dichos establecimientos, que en la actualidad siguen funcionando, y a que corrija las eventuales molestias que pueden originar, pues no se demuestra que hayan desistido.

 
 
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