La Justicia ha vuelto a dictar
sentencia sobre lo que es ruido y sus repercusiones en la sociedad,
uno de los asuntos más sensibles en la convivencia diaria de una
ciudad. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de
Bilbao ha confirmado una sanción de 900 euros impuesta en 2003 por
el Ayuntamiento a Renfe, por ejecutar unas obras de noche en la
estación de Abando que superaban el nivel de decibelios autorizado.
La importancia del fallo, que avala los argumentos de la
concejalía de Urbanismo, va más allá de la imposición de una multa.
Ratifica que la contaminación acústica es un perjuicio social, en
línea con el Constitucional, que dice que atenta incluso contra
derechos fundamentales. El juzgado bilbaíno asegura que la polución
sonora generada en la reforma de la trinchera ferroviaria de Abando
afecta a la salud porque «deteriora» el medio ambiente y «la
integridad física» del vecindario.
El litigio ahora cerrado
surgió en octubre de 2003 a raíz de unas denuncias en la calle
Hurtado de Amezaga, colindante a la terminal de tren. Los vecinos se
quejaron a la Policía Municipal del ruido provocado por unas obras
de sustitución de vías realizadas por la noche. El día 11 de ese mes
a la 1.15 horas de la madrugada, los agentes constataron en una
medición en el interior de las viviendas que el nivel sonoro
superaba lo permitido. En concreto, 45,4 y 48 decibelios, cuando la
ordenanza de Protección del Medio Ambiente sólo permite en horario
nocturno entre 25 y 30 en zonas residenciales.
Reforma «necesaria»
En
diciembre, Urbanismo estableció una multa de 901,52 euros y
desestimó las alegaciones de la compañía, que destacaba «la
necesidad inaplazable» de ejecutar las reformas por la noche para
evitar interferir la circulación ferroviaria durante el día. La
concejalía que dirige Julia Madrazo, por su parte, sostenía que esos
niveles de ruido eran «absolutamente intolerables para el necesario
descanso de los vecinos».
El Consistorio ofrece un argumento
clave para justificarse. Dice que «no pretende poner trabas» a las
obras en la ciudad. Pero censura a Renfe por «no haber avisado con
antelación» de sus trabajos nocturnos, con el fin de haber prevenido
a los vecinos, reducido las molestias y coordinado a las áreas
municipales. Sin este explicación, no se entendería que tolere
acontecimientos de por sí ruidosos, como la carrera de coches, las
fiestas, el tráfico o los numerosos tajos de obra que salpican sus
calles.
Agotada la vía administrativa, Renfe recurrió a la
judicial, aunque finalmente con el mismo resultado. El juzgado
comparte «plenamente» los argumentos municipales. Considera que las
obras ferroviarias desarrolladas de noche cerca de las viviendas
«pueden afectar a la salud», y que la Administración está obligada a
velar por sus vecinos. La sentencia, firme, recalca que la
contaminación acústica «deteriora» el medio ambiente y «la
integridad física» de sus ciudadanos, «sin que sirva como excusa» el
hecho de que la infracción sólo se produzca un
día.