Fachada del bar-restaurante El
Portet, en Barcelona.
(MARCEL·LÍ SÁENZ)
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La Audiencia de Barcelona impuso ayer cuatro años de cárcel al
propietario de un bar-restaurante de Barcelona por un delito de
contaminación acústica cometido durante año y medio, cuando el local
estuvo funcionando con emisiones de ruidos muy superiores a las
permitidas. El tribunal también ordena la clausura del local durante tres
años y fija una indemnización total de 32.000 euros para los dos
matrimonios que le denunciaron y que durante este tiempo han padecido una
situación de insomnio y estrés que ha derivado en tratamiento
farmacológico.
La condena de cuatro años es la más alta impuesta en España por un
tribunal por este delito y el máximo que permite el artículo 325.1 del
Código Penal. Este precepto castiga con penas de prisión de seis meses a
cuatro años a quien "contraviniendo las leyes u otras disposiciones de
carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice
directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o
excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos,
en la atmósfera, el sueño, el subsuelo o las aguas terrestres". Y en este
caso, las normas vulneradas que exige el Código Penal para que haya delito
han sido la Directiva Europea 2002/49, la ley estatal 37/2003, la ley
autonómica 16/2002 y la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona de 26 de
marzo de 1999, todas ellas relativas a límites de emisiones sonoras.
El artículo 326.b, del Código Penal prevé que el tribunal podrá
condenar a la pena máxima cuando el acusado haya desobedecido los
requerimientos de la administración para que corrija o suspenda su
actividad, que es lo que aquí ha sucedido. La sentencia no es firme y
puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
Montacargas y extractor
El bar-restaurante empezó a funcionar en julio de 2003 y ocupó los
bajos de un chaflán situado en la esquina de las calles Sicilia con Sant
Antoni Maria Claret, en Barcelona. El negocio se inició sin que Dionisio
Mestre Rodríguez, que era quien lo explotaba, dispusiera de licencia de
funcionamiento y apertura. El Ayuntamiento se la denegó porque no había
insonorizado el local para mitigar los ruidos del montacargas, las
persianas mecánicas y los extractores de humo. Dos matrimonios que
habitaban los pisos superiores al local denunciaron los ruidos al
Ayuntamiento de Barcelona, que el 11 de diciembre de 2003 ordenó el cese
de la actividad. El propietario se comprometió a solucionar los ruidos,
pero no lo hizo. Ni siquiera cuando se realizó una inspección sonométrica
en los dormitorios de los dos matrimonios y se detectó que el nivel de
emisiones por la actividad general del bar era de 38,77 decibelios,
superando ampliamente el máximo legal de 30 decibelios.
El Ayuntamiento dictó el 19 de mayo de 2004 una segunda orden de cese
de actividad que volvió a ser incumplida, lo mismo que ocurrió con otra
tercera, del 12 de julio. El consistorio realizó una nueva inspección
sonométrica en los pisos d y los niveles de contaminación acústica todavía
fueron superiores: 41,73 decibelios en la actividad general del local y
45,90 en el funcionamiento del montacargas.
El 9 de noviembre de 2004 la administración municipal dictó una orden
de precinto, pero el propietario la quebrantó y mantuvo abierto el
restaurante, lo mismo que hizo el 22 del mismo mes. En la actualidad, el
restaurante sigue funcionando sin licencia de explotación y los ruidos
remitieron hace unos meses, pero los jueces recuerdan que eso sucedió
cuando el acusado "se ha visto en la antesala" del juicio y mostrando un
"desprecio total" hacia las normas administrativas.
El Tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona
presidido por Fernando Valle también dedica un apartado a reprochar la
actuación del Ayuntamiento y recuerda que si se ha llegado a esta
situación ha sido por la denuncia de los perjudicados. "Resulta
incomprensible la actuación de los servicios del Ayuntamiento, que no ha
sido capaz de atajar cuando antes esta problemática", dice la sentencia,
asumiendo las críticas hacia el consistorio que durante el juicio ya
planteó el fiscal especial de medio ambiente de Cataluña, José Joaquín
Pérez de Gregorio.
El acusado reconoció en el juicio que había incumplido las órdenes
municipales para asegurar la pervivencia del local y sus empleados.
También explicó que el ruido lo provocaban los camiones y las
ambulancias.