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  Sociedad
La mayor multa por ruido: cuatro años de cárcel

Condenado el dueño de un restaurante que vulneró varias órdenes de cese y precinto del local

Xiana Siccardi

Barcelona- La Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona ha terminado con la picaresca de un empresario que, pese a no tener la licencia de actividad ni la insonorización de su restaurante, siguió con su negocio pese a que los vecinos tenían los nervios destrozados por los ruidos. Tanto es así, que ha condenado a Dionisio M.R. a cuatro años de prisión, a pagar una multa de 8.640 euros y a indemnizar con 32.000 a los cuatro vecinos más afectados. Es la mayor pena impuesta en España por contaminación acústica.
   Los hechos se remontan a julio de 2003, cuando el restaurante «El Portet», en Gràcia, abrió «pese a carecer de licencia de funcionamiento y apertura», dice la sentencia, que ve probado que «fue solicitada por el acusado en septiembre de 2003, y nunca fue concedida» -pese a que «alegó falsamente haberlo hecho»-, al no adoptar las medidas correctoras exigidas», como insonorizarlo.
   Insomnio, ansiedad... Ello provocó que los vecinos más cercanos tuvieran que acudir al médico. Uno «ha padecido insomnio, crisis de ansiedad, ha recibido tratamiento homeopático por el cuadro depresivo-ansioso que presentaba». «Los ruidos procedían la actividad de restauración y su maquinaria impedía a los vecinos, en horas nocturnas, el necesario descanso».
   El Ayuntamiento incoó al restaurante la primera orden de cese de actividad por carencia de licencia de funcionamiento y no adopción de medidas correctoras, prometiendo el acusado que los problemas se solventarían. Pero tres meses más tarde, los inspectores realizaron una inspección sonométrica en el dormitorio de los vecinos, comprobándose que los ruidos superaban el máximo permitido, de 30 decibelios. Midieron que la actividad del restaurante llegaba a 38, que el extractor de humos suponía 35, y el montacargas 39, por lo que se dictó, en mayo de 2004, una segunda orden de cese.
   Tercera orden de cese. Pero los ruidos continuaron, y en julio de 2004 los técnicos realizaron una nueva inspección y «seguían sin adoptarse las medidas correctoras», por lo que llegó «una nueva y tercera orden de cese», a la que el acusado respondió afirmando «haber adoptado las medidas, sin que fuera cierto».
   Así, se realizó una segunda inspección en septiembre, en la que la actividad del restaurante generaba 41 decibelios, el montacargas 45 y las persianas, 42, por lo que llegó la orden de precinto. En una nueva inspección, se comprobó que el acusado la había quebrantado y el restaurante «seguía en plena actividad», por lo que llegó una segunda, que también eludió. Los vecinos fueron por la vía penal, mientras el tribunal dice hoy que la actuación del Ayuntamiento ha sido «incomprensible», por «no saber atajar cuanto antes esta problemática que al final, ha derivado a la jurisdicción penal».
   
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