CAROL ALVAREZ
BARCELONA.- Las denuncias
y quejas de los afectados por las molestias del ruido de los locales
de ocio no sólo van dirigidas contra los que generan los perjuicios,
sino también contra los responsables de la Administración que no
actúan.
El juzgado contencioso administrativo
número 7 de Barcelona ha condenado al Ayuntamiento de Castelldefels
a pagar 4.250 euros a un vecino de la localidad que denunció
pasividad municipal ante sus continuas quejas por ruidos en las
proximidades de la Avinguda dels Banys durante los años 1999 y 2004.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EL MUNDO, estima
parcialmente el recurso de D.M.C.M. ante la reclamación de
responsabilidad patrimonial que formuló en julio de 2005 y que le
fue denegada.
La sentencia valora que el demandante, representado por el
abogado Lluís Gallardo, llegó a presentar siete escritos ante el
Ayuntamiento de Castelldefels, realizó una medición sonométrica y
efectuó hasta 52 llamadas telefónicas a la policía local.
Según la sentencia, «existió un defectuoso funcionamiento del
servicio público municipal de control y limitación de la
contaminación acústica en una zona sensible, como es aquella en la
que cohabitan locales de ocio nocturno y viviendas». El juez tampoco
cuestiona la realidad del perjuicio que sufrió el demandante, que
resultaba afectado por las molestias del ruido los fines de semana y
los meses de verano, por estar su residencia junto a la zona de
bares de Castelldefels.
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