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Martes, 18 de abril de 2006
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AUDIENCIA
VALLADOLID
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El Ayuntamiento, condenado a pagar 113.946 euros por los ruidos de un bar
El TSJ estima «ineficaz y lenta» la actuación municipal para evitar daños a la salud de una familia El local musical superaba los decibelios permitidos y carecía de licencia de primera ocupación
El Ayuntamiento, condenado a pagar 113.946 euros por los ruidos de un bar
La vivienda afectada, sobre la cafetería California, que conserva el nombre pero es de otros propietarios y ya no da problemas. / I. S. J.
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INDEMNIZACIÓN
Secuelas: Daños psíquicos como trastornos neuróticos, depresivos y angustia. En función de su gravedad se establece la indemnización. Al padre: 29.243 euros.

A la madre: 30.767,84 euros.

Al hijo: 34.435 euros.

Interés legal: 19.500,06 euros

Interés de ejecución: Depende del tiempo que el Ayuntamiento tarde en hacer efectivo el pago.


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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha condenado al Ayuntamiento de Valladolid a pagar una indemnización de 113.946,12 euros por su pasividad en la protección de los daños a la salud a una familia por los ruidos de un bar musical. Estima el alto tribunal que la Administración local actuó con falta de eficacia y lentitud en sus competencias de control de la contaminación acústica y de inspección de las licencias de un establecimiento de hostelería.

Los hechos se remontan a los años noventa y la demanda judicial al mes de abril del 2002; aunque el TSJ ha dictado sentencia, con fecha del pasado 24 de marzo, contra la que no cabe recurso.

Aprueban así los magistrados de forma parcial la demanda contra una desestimación por silencio administrativo de una reclamación por responsabilidad patrimonial y acuerdan condenar al pago del 50% de la cantidad reclamada. La indemnización se concreta, por lo tanto, en 34.435,22, 30.767,84 y 29.243 euros para cada uno de los tres miembros de una familia que vivía justo encima de la cafetería California, en el número 37 de la calle Canterac. Actualmente, este establecimiento que funcionaba como pub ya no existe y el que lo sustituye tras el traspaso, con otros propietarios, no ocasiona molestia alguna a los vecinos. Además de las citadas cantidades, la Administración local deberá pagar los intereses de las mismas computados según el interés legal del dinero, lo que supone añadir 19.500,06 euros, y del de ejecución hasta que se haga efectivo el pago, según destacan fuentes judiciales.

Los vecinos afectados, un matrimonio con un hijo, presentaron su primera denuncia por los ruidos en 1998, ocho años después de su apertura, un retraso que ha contribuido a rebajar la indemnización. Después, las quejas se sucedieron y no solo por los ruidos sino porque el local disponía de licencia de obra y de apertura pero no de primera ocupación.

Mediciones

En mayo de 1999, la medición de los técnicos municipales registró 45,6 decibelios cuando lo permitido, por el Decreto 3/1995, son 35 de día y 30 por la noche y esta misma normativa establece que sobrepasar los límites en diez decibelios debe suponer una orden de clausura. El Ayuntamiento realizó varias mediciones y en todas se detectó que superaban los límites legales. La cafetería además solamente disponía de autorización para servir bebidas pero no para poner música, pese a lo cual tenía varios aparatos de televisión y no cumplía las medidas de aislamiento acústico exigidas. Destaca la sentencia que, pese a estas carencias de licencia, no consta que fuese objeto de requerimiento e inspección administrativa antes de las denuncias y tras ellas no se ordenó el cese de los ruidos.

El TSJ rechaza los argumentos municipales de carecer de competencias y recoge antecedentes judiciales y normativa en vigor en la época. Destaca no obstante el alto tribunal que el Ayuntamiento no permaneció totalmente impasible y sin hacer nada sino que aportó medidas, lo que ha contribuido a no aceptar de forma total el recurso, pero muy lentamente dado que entre la denuncia y las mediciones pasaron seis meses. En definitiva, estima que pese a las continuas denuncias no hubo «una adecuada y eficaz actuación municipal que evite la emisión de ruidos en su ámbito personal de intimidad».

La familia padece graves secuelas de trastornos neuróticos y paranoicos, depresión, estrés y angustia ocasionados por los ruidos, según los estudios médicos aportados en el juicio.
 



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