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El Gobierno aprueba un decreto que pretende
prevenir, reducir y evitar los efectos nocivos del ruido
ambiental
LVD - 16/12/2005 - 15.34
horas
Madrid. (EUROPA PRESS).- El Consejo de Ministros
aprobó hoy, el real decreto por el que se desarrolla la Ley 37/2003
del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido
ambiental y que pretende que prevenir, reducir o evitar los efectos
nocivos del mismo.
La vicepresidenta primera del Gobierno,
María Teresa Fernández de la Vega, indicó que "España es un país
ruidoso, en ocasiones excesivamente ruidoso", y recordó que "el
ruido también contamina, afecta a la salud y a la convivencia
cotidiana".
Por su parte, la ministra de Medio Ambiente,
Cristina Narbona, señaló hoy en rueda de prensa posterior al Consejo
de Ministros que antes de 2007 tendrán que existir mapas de ruido y
los planes de medidas, cuya elaboración corresponde a las
comunidades autónomas.
Así, la Ley del Ruido tiene por
objeto la regulación de la contaminación acústica para evitar y, en
su caso, reducir, los daños que pueda provocar en la salud humana,
los bienes o el medio ambiente. Se entiende por contaminación
acústica la presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones que
impliquen molestia o daños para las personas, para el desarrollo de
sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, o que
causen efectos significativos en el medio ambiente.
Se
incorporan en la Ley las previsiones básicas de la directiva
2002/49/CE sobre evaluación y gestión del ruido ambiental,
previsiones que ahora se desarrollan, y se completa la incorporación
de la norma comunitaria sobre ruido ambiental.
Este real
decreto tiene por objeto la evaluación y gestión del ruido
ambiental, con la finalidad de prevenir, reducir o evitar los
efectos nocivos, incluyendo las molestias derivadas de la exposición
al ruido ambiental, según el ámbito de aplicación de la directiva
comunitaria que se incorpora. Se desarrollan los conceptos del ruido
ambiental y sus efectos y molestias sobre la población, junto a una
serie de medidas que permiten la consecución del objeto previsto
como son los mapas estratégicos del ruido, los planes de acción y la
información a la población.
En consecuencia, supone un
desarrollo parcial de la Ley del Ruido, ya que ésta abarca la
contaminación acústica producida no sólo por el ruido ambiental,
sino también por las vibraciones y sus implicaciones en la salud,
bienes materiales y medio ambiente, en tanto que este real decreto
sólo comprende la contaminación acústica derivada del ruido
ambiental y la prevención y corrección, en su caso, de sus efectos
en la población, informó hoy el Gobierno.
Para el
cumplimiento de su objeto se regulan determinadas actuaciones como
son la elaboración de mapas estratégicos de ruido para determinar la
exposición de la población al ruido ambiental, la adopción de planes
de acción para prevenir y reducir el ruido ambiental y, en
particular, cuando los niveles de exposición puedan tener efectos
nocivos en la salud humana, así como poner a disposición de la
población la información sobre el ruido ambiental y sus efectos y
aquélla de que dispongan las autoridades en relación con el
cartografiado acústico y los planes de acción derivados en
cumplimiento del mismo. |