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Calafell (Tarragona)
acatará la sentencia que le condena a indemnizar a una vecina por
los ruidos en la calle
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2008|20:04
CALAFELL (TARRAGONA), 15 (EUROPA PRESS) El
Ayuntamiento de Calafell (Tarragona) ha manifestado que acatará la
sentencia que le condena a indemnizar a una vecina que había
denunciado su pasividad ante las numerosas quejas por los ruidos en
una calle donde había cerca de una veintena de establecimientos de
ocio nocturno.
Según el alcalde del municipio, Jordi Sánchez
(PSC), esta sentencia es una "herencia" del anterior gobierno de
CiU.
Sánchez manifestó que "el tiempo ha dado la razón --a la
denunciante y a su partido--, aunque ha sido por vía judicial", ya
que durante el gobierno de la federación nacionalista, en varias
ocasiones denunció la situación que se producía en la calle
Monturiol.
Al mismo tiempo, el Ayuntamiento afirmó que con el
nuevo mandato y cambio de gobierno se llevan a cabo inspecciones
regulares sobre los locales de ocio y también se solicita la
colaboración de los responsables de estos locales para asegurar el
civismo y la convivencia entre los vecinos.
Por lo que se
refiere a la calle Monturiol, que es en la que se centró la
denuncia, en 2005 cerró la discoteca y le siguieron la mayoría de
locales conflictivos.
El Juzgado Contencioso-Administrativo
número 2 de Tarragona condenó el ayuntamiento en mayo de 2007 a
indemnizar una vecina que había denunciado que la contaminación
acústica sufrida le había provocado insomnio y estrés, entre otras
patologías.
El tribunal estimó que se trataba de una
vulneración de los derechos fundamentales de las personas y denunció
la pasividad del ayuntamiento ante las reiteradas quejas que al
respecto habían formulado los vecinos.
El consistorio
recurrió esta sentencia, pero el TSJC lo ha desestimado.
El
ayuntamiento recurrió la sentencia, alegando que las mediciones que
aportó la demandante carecían de certeza y que no podía valorarse la
declaración del testigo de cargo porque era un vecino que reside en
Calafell únicamente los fines de semana y en verano.
El TSJC,
sin embargo, rechaza estas alegaciones e incide en que el
consistorio conocía las quejas de los vecinos de la zona por el
excesivo ruido en la calle Monturiol, que albergaba 18 locales
nocturnos y tenía como eslogan 'Isla de la Marcha'.
Las
mediciones realizadas, además, dieron un resultado de alrededor de
70 decibelios, cuando por normativa los valores límites de incisión
son de 55 decibelios por la noche.
A pesar de ello, según
subraya el tribunal, el municipio no actuó y lo constata con el
hecho de que las mediciones realizadas en 2003 y 2005 dieran
resultados similares, por encima de lo permitido por la
ley.
La resolución consideraba que se vulneró su derecho a la
intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad de domicilio por
el excesivo ruido que debía soportar la perjudicada y que le había
afectado a la salud debido al insomnio y la depresión que padecía,
entre otras patologías.
La indemnización todavía está por
determinar, y se tiene que fijar en ejecución de sentencia, pero
podría llegar a los 60.000 euros, lo que según la Asociación
Catalana contra la Contaminación Acústica, podría ser la más alta en
Catalunya por este hecho, dado que las denuncias se remontan a cinco
años atrás.
Se da el caso de que es la primera sentencia en
Tarragona en la que se condena a un ayuntamiento por su inactividad
ante las quejas por los ruidos nocturnos y basándose en la
vulneración de los derechos fundamentales.
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