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Cierre de bares Barcelona ultima un procedimiento para poder cerrar al
instante los locales molestos
R. SUÑÉ | S.
ENGUIX - 10/06/2005 BARCELONA | VALENCIA
El Ayuntamiento de Barcelona comenzará a aplicar en
las próximas semanas la tolerancia cero con los bares y locales de
ocio nocturno. Un nuevo modelo de inspección y sanción permitirá a
la Guardia Urbana actuar con mayor rapidez y contundencia, en
algunos casos con la clausura al instante del establecimiento,
contra aquellos empresarios de la noche barcelonesa que rompen la
convivencia y esquivan las reglas de juego de los locales de pública
concurrencia.
Al amparo de una sentencia del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, que atendió la demanda de una vecina de
Valencia, el Consistorio cree haber encontrado el procedimiento
administrativo que buscaba para ejecutar el cierre preventivo y
desalojo de un bar, discoteca o sala de fiestas inmediatamente
después de que la inspección determine que ha incumplido, por
ejemplo, la normativa sobre exceso de ruido.
El
endurecimiento de la capacidad inspectora y sancionadora del
Ayuntamiento El Ayuntamiento de Barcelona intensificará el control
de los bares y discotecas a partir de primeros de julio lo notarán
sobre todo aquellos locales que no se atengan a las condiciones
establecidas en la correspondiente licencia de actividades -porque
carecen de ella o ejercen actividades distintas a las permitidas- y,
muy especialmente, los que superen el número de decibelios
permitidos o presenten deficiencias estructurales como, por ejemplo,
una insonorización insuficiente.
Hasta ahora el ejercicio de
la autoridad que comporta el cierre de un bar o discoteca ruidosos
no resultaba tarea fácil. El año pasado, entre órdenes de precinto
derivadas de un expediente de inspección, cierres sancionadores
-dictados como sanción derivada de un expediente sancionador- y
cierres cautelares -consecuencia de un expediente por infracción
grave o muy grave- se registró en Barcelona un total de 153
actuaciones administrativas. No obstante, en muchos casos la
suspensión de la actividad tuvo un carácter muy limitado y casi
siempre retardado. Además, la mayoría de clasuras se debieron a
otras cuestiones no directamente vinculadas con el ruido, como la
deficiencias en la licencia, los aparatos de aire acondicionado, el
consumo de drogas, el exceso de aforo -excepcionalmente- y, sobre
todo, los incumplimientos de horarios.
La clausura de los
locales no siempre será fulminante. La dirección ejecutiva de los
Servicios de Inspección del Ayuntamiento, el departamento encargado
de coordinar todos los asuntos relacionados con el ejercicio de la
autoridad municipal, está estudiando en qué supuestos el cierre
preventivo de un establecimiento de ocio nocturno podrá realizarse
después de uno, dos o tres avisos. Fuentes municipales señalan,
además, que es muy probable que en algunos de estos casos se actúe
con la misma contundencia contra los bares y discotecas cuyos
clientes, al salir del local, causan ruido en la calle y molestan al
vecindario.
La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos
Humanos que ha tenido en cuenta el Ayuntamiento de Barcelona para
tratar de meter en cintura los locales nocturnos más molestos se
hizo pública el pasado mes de noviembre. En ella se condenaba a
España por su pasividad ante el daño que el ruido de los pubs
estaba ocasionando a una vecina de Valencia, Pilar Moreno Gómez.
La mujer, de 56 años y vecina de la plaza Xúquer -uno de los
lugares de copas más tumultuosos de los años ochenta y noventa y
que, en 1996, el Ayuntamiento de Valencia declaró zona acústicamente
saturada- inició en el año 1997 un largo calvario para que las
administraciones local, autonómica y estatal reconocieran su derecho
a la vida privada y a la inviolabilidad del domicilio por la
invasión sonora.
El Ayuntamiento de Valencia denegó la queja
de esta ciudadana por silencio administrativo y la mujer decidió
recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que criticó a
la demandante que no justificara la duración y la razón de su
tratamiento para el insomnio. Pilar Moreno acudió al Tribunal
Constitucional para solicitar amparo, pero también en esta ocasión
su reclamación fue denegada por considerar que no había demostrado
que los ruidos violaran los derechos que reclamaba.
El
Tribunal Europeo, con sede en Estrasburgo, sí que escuchó a la
demandante. El Gobierno Español alegó en su defensa, entre otros
argumentos, que la vecina de Valencia no había probado que sufriera
ruidos en el interior de su domicilio y que no hubo "injerencia
directa del poder público en el derecho a la intimidad del domicilio
y a la vida privada y familiar". La Corte de Estrasburgo rechazó con
especial energía el argumento de la prueba del ruido "porque es
demasiado formalista, puesto que las autoridades municipales ya
habían calificado la zona como acústicamente saturada".
La
sentencia del Tribunal de Estrasburgo, que crea jurisprudencia en
toda Europa, concede a Pilar Moreno una indemnización de 8.384 euros
por daños materiales y morales y por gastos jurídicos.
En
paralelo a la iniciativa municipal, la Generalitat se está
planteando intensificar el control de los locales nocturno en lo que
respecta al aforo y las medidas de seguridad. La actuación del
Ayuntamiento tendrá como objetivo prioritario el combate contra el
ruido, una patología urbana que ha pasado a ocupar una posición muy
destacada en el ranking de preocupaciones de los barceloneses y que
en determinadas zonas de alta concentración de bares musicales, como
el barrio de Gràcia, es ya el principal motivo de quejas. El
malestar ciudadano, que se manifiesta con críticas a la pasividad de
las autoridades municipales a la hora de atajar este problema, ha
llevado recientemente a un numeroso grupo de entidades vecinales a
crear la Coordinadora de Barris de Barcelona contra els
Sorolls.
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